Federación de Enseñanza de CCOO de la Región de Murcia | 26 abril 2024.

Explicando el Acuerdo sobre el Plan de Choque para Reducir la Temporalidad en las Administraciones Públicas

    09/07/2021.

    El pasado día 5 la Federación de Enseñanza, junto con el resto de sindicatos mayoritarios del sector público, cerró con el Ministerio de Política Territorial y Función Pública  El Acuerdo sobre el Plan de Choque para Reducir la Temporalidad en las Administraciones Públicas. Dicho acuerdo incluye un plan de estabilización similar a los que ya se han llevado a cabo desde la firma en 2017 del I Acuerdo para la Mejora del Empleo Público e incluye, además, una reforma de la normativa básica que limitará el uso del empleo temporal en las administraciones públicas y sancionará su abuso. A continuación te explicamos los puntos fundamentales del acuerdo.

    Punto de partida del acuerdo

    Tras los recortes de 2012 la tasa de reposición en educación se fijó en un 10%. Ello suponía que sólo podía salir a oposición 1 plaza por cada 10 jubilaciones. Esta medida, junto con la destrucción masiva de empleo causada por los recortes, impidió la convocatoria de oposiciones desde 2010 hasta 2015.  En el año 2016 la tasa de reposición se eleva al 100% permitiendo que todas las jubilaciones puedan salir a oposición. Sin embargo, este incremento siguió actuando como límite para reducir las elevadas tasas de temporalidad e impidiendo que salieran a oposición todas aquellas plazas que no habían salido desde 2010. Los dos acuerdos para la mejora del empleo público, suscritos por CCOO, vinieron a solucionar parte del problema permitiendo hacer ofertas de empleo que superasen el límite impuesto por la tasa de reposición, con el fin de que las administraciones redujesen la tasa de temporalidad por debajo del  8%. El mecanismo para conseguir este objetivo consiste en  ofertar el 90% de las plazas estructurales ocupadas por personal interino durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.

    Todas las ofertas amplias de empleo público docente que se han realizado en la Región de Murcia desde 2018 han sido posibles y están amparadas por dicho acuerdo. El acuerdo ha permitido que en las oposiciones docentes  de 2018, 2019 y 2021 hayan salido a oposición 1051 plazas más de lo que habría permitido la tasa de reposición. Sin el I AMEP no habría sido posible ofertar ni  la mitad de las plazas que han sido convocadas a oposición en estos años.

    Gracias a estas convocatorias, 1434 interinas e interinos han estabilizado su situación laboral pasando a ser funcionarias y funcionarios de carrera. El 72% de las y los que obtuvieron plaza en las oposiciones de 2018 tenían más de un año de tiempo de servicios y en 2019 el 85% de las plazas fueron para el colectivo interino.

    Sin embargo, a causa de la resistencia de la administración autonómica a sacar a oposición todas las plazas necesarias y al alto nivel de parcialidad con el que desempeña el trabajo interino docente en nuestra Región, no ha sido posible alcanzar el objetivo del 8% del total de efectivos. 

    Proceso de estabilización

    El nuevo acuero implicará un nuevo proceso de estabilización análogo al de los  anteriores acuerdos que se aplicará a todas las plazas estructurales dotadas presupuestariamente y que hayan estado ocupadas de modo temporal desde 31 de diciembre de 2017 y 31 de diciembre de 2020. Los procedimientos selectivos de este proceso de estabilización deben concluir antes de 31  de diciembre de 2024.

    Al igual que los anteriores acuerdos supondrá una tasa adicional de estabilización que permitirá ofertar plazas por encima de la tasa de reposición y volverá a permitir convocatorias masivas de plazas a oposición durante los próximos 3 años.

    Modelo de acceso

    Los procesos de estabilización se llevarán a cabo mediante concurso-oposición asignando a la fase de concurso una valoración del  40% del proceso y a la experiencia previa un peso mayoritario dentro de la fase de concurso. El acuerdo también obliga a las administraciones públicas a adoptar medidas para la agilización y simplificación de los procedimientos como la reducción de plazos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio.

    Actualmente los procedimientos selectivos  para los cuerpos docentes se están desarrollando con un modelo transitorio que otorga un 40% a la valoración de la fase de concurso y un máximo de 7 puntos (10 años) a la experiencia docente. Este transitorio está ligado a las oposiciones en las que se convoquen plazas ligadas al procedimiento de estabilización de los acuerdos de 2017 y 2018. Por lo tanto, este nuevo acuerdo implica la necesidad de negociar un nuevo modelo transitorio para este procedimiento de estabilización. En esta negociación volveremos a poner sobre la mesa nuestra propuesta de modelo de acceso:

    • Carácter no eliminatorio de las pruebas, o modelo de prueba única cuyas partes no sean eliminatorias, para permitir que todas las personas aspirantes puedan demostrar tanto sus conocimientos científicos como didácticos.
    • Simplificación de las pruebas o ejercicios de oposiciónAumento del peso de la experiencia al máximo permitido por la ley y por la jurisprudencia.
    • Garantizar la transparencia del proceso, promover criterios de valoración públicos y facilitar la revisión de las pruebas.
    • Mejorar las condiciones materiales de los tribunales y las personas opositoras.

    Indemnización de 20 días por año trabajado

    El acuerdo prevé para las personas que ocupen de modo temporal alguna vacante objeto del proceso de estabilización, y que no obtengan plaza en los procedimientos selectivos, una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. Esta cuestión ha quedado plasmada en el BOE como sigue: 

    “Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización.”

    El acuerdo también prevé, como medida disuasoria para el abuso de temporalidad en las administraciones públicas, una indemnización de 20 días por año trabajado para aquellos casos en los que se superen los plazos máximos de permanencia en una vacante estructural. 

    Duración máxima de los nombramientos

    Se modificará el TREBEP para limitar los nombramientos de personal interino en puestos estructurales a un máximo de tres años. Si esa vacante se oferta antes de que transcurra el período de tres años, la persona que la ocupa de modo temporal puede seguir haciéndolo hasta que culmine el procedimiento selectivo.

    Esto no quiere decir que se limite el tiempo en el que una persona puede trabajar como funcionario interino para la administración, sino que se refiere únicamente al tiempo máximo en el que una misma vacante puede ser ocupada de modo interino. Toda vacante estructural debe salir a oferta de empleo público antes de que transcurran 3 años y, a partir de ahí, sólo podrá ser ocupada por personal funcionario de carrera.

    La limitación máxima de los nombramientos tendrá escasa incidencia en los cuerpos docentes en los que los nombramientos de personal interino se producen por el curso escolar. Sí que tendrá incidencia en una mayor celeridad para la oferta de plazas estructurales a oposición.