Federación de Enseñanza de CCOO de la Región de Murcia | 10 julio 2026.

El Tribunal Supremo reafirma el derecho del profesorado asociado a la evaluación de su actividad investigadora en contestación al Recurso de Casación interpuesto por la UMU

    La Sentencia del Tribunal Supremo, muy bien fundamentada, confirma la dictada por el TSJ de Murcia en cuanto al derecho del profesorado asociado a la evaluación y, en su caso, percepción del complemento de evaluación (“sexenios”)

    22/04/2026.

    Tras el recurso de casación que presentó la UMU ante la segunda sentencia del TSJ de Murcia a favor de que todo el PDI, funcionario o laboral, a tiempo completo o a tiempo parcial, pudiera someter sus méritos de investigación a evaluación y percibir el complemento correspondiente (sexenio) en caso de evaluación favorable, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de ese derecho para el PDI asociado. Se confirma así lo sentenciado tras las demandas de nuestro sindicato para este colectivo. 

    Para esta sentencia, prolijamente fundamentada, resulta definitivo el articulado de la LOSU, y así se argumenta que el silencio de la LOSU sobre la posibilidad de realizar investigación, su evaluación al respecto y la percepción de los sexenios, por parte del PDI Asociado, no implica necesariamente que se coarte este derecho para este colectivo (artículo 79, relativo a sus funciones; artículo 11.2, sobre la investigación como derecho para el PDI).

    Sin embargo, este tribunal estima que, en el caso del PDI de sustitución, sí hay referencia explícita a la imposibilidad de realizar otras funciones que no sean las de docencia dentro del contrato, de manera que se excluye a esta figura con fundamento en el art. 80.1 de la LOSU “el contrato… no podrá extenderse a actividades universitarias de otra naturaleza en la universidad de contratación, como las de investigación". 

    Desde CCOO estaremos muy vigilantes para impedir que esta última figura se utilice de forma fraudulenta, y seguiremos defendiendo la dignificación del salario que percibenEnlace a la sentencia del tribunal supremo.

    Enlace segunda sentencia TS a favor