Federación de Enseñanza de CCOO de la Región de Murcia | 30 diciembre 2024.

REDUCCIÓN DE JORNADA DOCENTES MAYORES DE 55 AÑOS, CURSO 2024/25

    06/05/2024.

    🔗Resolución de 6 de mayo de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación por la que se establecen las condiciones de adecuación de jornada para los docentes mayores de 55 años prevista en el apartado 2 e) del artículo 105 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el curso 2024-2025.

    📆 Plazo de presentación de solicitudes: Del 7 al 20 de mayo (ambos inclusive).

    📰Condiciones de la reducción de jornada con disminución proporcional de retribuciones:

    1. La reducción de jornada a la que se refiere esta resolución será de dos períodos lectivos semanales.

    2. La disminución proporcional de retribuciones asociada a la reducción de jornada lectiva se realizará sobre la jornada ordinaria correspondiente.

    3. Esta reducción de jornada será efectiva desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, siendo irrenunciable su concesión.

    📌 Procedimiento y plazo para solicitar la reducción de jornada: 

    El personal docente interesado en acogerse a esta medida deberá presentar telemáticamente una solicitud, dirigida a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, a través del formulario “2001 – Solicitud de reducción de la jornada lectiva de docencia directa para el personal docente no universitario mayor de 55 años” que está alojado en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 👉Pincha aqui para enlazar al trámite.

    El acceso a la solicitud telemática y su firma se realizarán electrónicamente mediante usuario y contraseña de Educarm, certificado digital emitido por alguna entidad certificadora reconocida por la CARM (entre los que se encuentran el contenido en el DNIe o el emitido por la FNMT) o Cl@ve.

    Una vez cumplimentado y firmado electrónicamente el formulario web, se generará un resguardo de la presentación. Los errores materiales, de hecho o aritméticos que se adviertan podrán rectificarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados.