Federación de Enseñanza de CCOO de la Región de Murcia | 26 abril 2025.

Retribuciones del PDI universitario

    Todas las medidas propuestas requieren un aumento del techo de gasto en materia de personal, que deberá negociarse tanto ante el Gobierno central como ante la Comunidad Autónoma.

    24/11/2018.

    ?    Negociación del Estatuto del pdi: es urgente, no será posible mejorar las retribuciones si no se cambia el modelo retributivo
    ?    Recuperación del ipc perdido durante la crisis
    ?    Aumento general para el profesorado asociado
    ?    Pagas extras completas para el pdi funcionario
    ?    Equiparación completa personal contratado-personal funcionario
    ?    Actualización de los complementos autonómicos e inclusión en ellos del profesorado asociado y personal investigador contratado

    Estatuto del PDI

    El actual modelo retributivo es de 1989 (RD 1086/1989 anterior a la transferencia de las universidades a las Comunidades Autónomas). Como consecuencia, el modelo establece que sólo el Gobierno tiene capacidad para establecer las retribuciones del profesorado universitario, con la consecuencia de que en 20 años no se han modificado las retribuciones, y sólo han aumentado por las subidas anuales que se establecen cada año para todos los empleados públicos en los PGE.

    Desde 1989 no ha sido posible negociar ningún aumento retributivo en la Mesa Sectorial de Universidades (en Madrid), porque el Gobierno siempre ha recordado que no dispone de presupuestos para las Universidades (salvo para la UNED) ya que estas son financiadas por las CC.AA.; tampoco se han podido negociar mejoras en las CC.AA., porque no tienen competencias salariales, excepto para establecer retribuciones adicionales ligadas a méritos evaluados por la ANECA.

    Exigimos el mismo tratamiento que otros cuerpos estatales, como los de magisterio o el profesorado de secundaria, que pueden negociar aumentos de su complemento específico o de otros conceptos retributivos con su Consejería de Educación, aunque la competencia sobre el sueldo base o el complemento de destino sigan siendo exclusivas del Gobierno de España.

    La LOU establece que "El Gobierno determinará el régimen retributivo del personal docente e investigador universitario perteneciente a los cuerpos de funcionarios", lo que permitiría que al establecer ese régimen retributivo se contemplase la capacidad de las CC.AA., que son las que aportan los fondos para pagar las nóminas, para mejorar las retribuciones del profesorado que establezca el Gobierno con carácter de mínimos. Es lo que CCOO históricamente ha reclamado.

    Por otra parte, la LOU mandató al Gobierno en 2007 a aprobar, en el plazo de un año, un Estatuto del PDI, que debía incluir una carrera profesional horizontal para el profesorado funcionario que contemplase "diferentes niveles, los requisitos de promoción de uno a otro, así como sus consecuencias retributivas".

    CCOO alcanzó, en enero de 2011, un preacuerdo con el Gobierno en el proceso de negociación del Estatuto del PDI. Partiendo de lo establecido en ese preacuerdo, es urgente la negociación de un Estatuto del PDI que permita aprobar un nuevo régimen retributivo que contemple:
    ?    Delimitar claramente las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas sobre las retribuciones del profesorado funcionario, permitiendo a las CC.AA. mejorar conceptos salariales como el complemento específico o el de carrera profesional.
    ?    Actualizar el valor de los complementos específicos, quinquenios y sexenios (establecido en 1989), equiparando el complemento específico con el que tienen otros cuerpos de la Administración con los mismos complementos de destino.
    ?    Complemento de destino: CU 30, TU/CEU 29, TEU Dr 28 y TEU 27.
    ?    Establecer un complemento retributivo ligado a la carrera profesional con una evaluación de todas las actividades del profesorado con criterios claros, públicos, autoevaluables con un baremo y negociados.
    ?    Equiparación del valor económico de sexenios y quinquenios para TU y CU.

    Aunque lo anterior sólo vale para el PDI funcionario, las retribuciones del PDI laboral se establecen en el Convenio Colectivo en relación a las del profesorado funcionario, por lo que es evidente que el cambio de modelo retributivo que debe contemplar el Estatuto es fundamental para poder negociar y mejorar las retribuciones de todo el PDI.

    Recuperación del IPC perdido durante la crisis

    Desde 2008 el salario bruto de los cuerpos docentes de PDI funcionario, y con él el del personal laboral, al que, como se ha dicho está vinculado por convenio, ha sufrido una pérdida estimada en más de un 15% respecto a la subida del IPC en el mismo periodo. Se impone, por tanto, una actualización de las retribuciones del PDI en igual cuantía, que deberá ser implementada por el Gobierno al depender de él las retribuciones de los cuerpos docentes de PDI, como se ha expuesto anteriormente.

    Aumento general para el profesorado asociado

    CCOO defiende la apertura de la negociación de un III Convenio Colectivo de PDI Laboral en el que las retribuciones contempladas en este y en el Decreto autonómico sobre régimen retributivo del PDI laboral que las debe autorizar sean acordes con el trabajo realizado y con el horario dedicado a la universidad. Seguiremos reivindicando la equiparación de las retribuciones del profesorado asociado con las del PDI contratado a tiempo completo proporcionalmente a su dedicación en horas de trabajo anuales y en función de su titulación (doctor/no doctor).

    Por otra parte, exigimos que se haga efectivo el pago de quinquenios docentes acordado en Consejo de Gobierno de la UM.

    Igualmente, la sentencia ganada por CCOO acerca de la evaluación de la actividad investigadora para el PDI con contrato temporal debe abrir la puerta a la evaluación de los sexenios del profesorado asociado y su consiguiente retribución.

    Pagas extras completas para el pdi funcionario

    Por acuerdos en la negociación colectiva entre las centrales mayoritarias y el Gobierno en la primera legislatura de Rodríguez Zapatero se acordó el pago de las pagas extras completas al profesorado funcionario. Esta medida se implementó mediante un complemento específico, que se eliminó como consecuencia de los recortes efectuados por el Gobierno Regional. No obstante, ante la reclamación de un profesor de la UPCT la sentencia 235/2015 determinó que deberían abonarse las pagas extras completas a todo el profesorado funcionario en la UPCT. Exigimos que dicha medida se extienda a la UM de igual forma, con efecto retroactivo, a como se está realizando en la UPCT.

    Equiparación completa personal contratado-personal funcionario

    En la negociación del II Convenio Colectivo de PDI Laboral se acordó la equiparación retributiva de la figura de Profesorado Contratado Doctor con 100% TU y de Ayudante Doctor/a y Colaborador/a con 100% TEU. No obstante mientras se estaba realizando la negociación las restricciones legales y económicas impedían cualquier aumento de retribuciones, por lo que se mantuvo en la tabla de retribuciones la cuantía final acordada en el I Convenio, pero con el acuerdo de alcanzar la equiparación total cuando dichas restricciones hubieran desaparecido, lo que CCOO entiende que ya sucede, por lo reclamamos se implemente dicha equiparación.

    Actualización de los complementos autonómicos e inclusión en ellos del profesorado asociado y personal investigador contratado

    El vigente Acuerdo de complementos retributivos autonómicos para el PDI en la Región de Murcia data de 2006, con una vigencia inicial 2007-2011; se impone, pues su renovación, no solo por estar desfasados respecto a otros territorios, sino por también por deber incorporar nuevos conceptos y colectivos al acuerdo, que se dejaron aparcados en la negociación de 2006.

    CCOO reivindica:
    ?    Tramo de calidad, que incentive la excelencia en docencia, investigación, gestión, movilidad, la formación, divulgación científica y transferencia de tecnología.
    ?    Incremento general que actualice tramos y nos equipare con las mejoras alcanzadas por el personal de Comunidad Autónoma.
    ?    Inclusión en los complementos autonómicos del profesorado asociado y personal con contratos de investigación.
    ?    Quitar las restricciones de acceso al 2º escalón del 2º tramo para el personal no fijo.

    SECCIÓN SINDICAL CCOO UMU