Federación de Enseñanza de CCOO de la Región de Murcia | 21 diciembre 2024.

NOVEDAD: Voluntariedad del primer acto de adjudicación masivo de profesorado interino

    PREGUNTAS Y RESPUESTAS

    29/07/2021.

    ¿Qué quiere decir que el acto de adjudicación es voluntario?

    Que puedes participar o no y, si participas, no estás obligado a seleccionar todas las vacantes completas. Es decir, exclusivamente para el primer acto masivo del curso, ninguna vacante tendrá consideración de obligatoria y, por lo tanto, no puedes resultar excluido.

    ¿Por qué es voluntario? 

    Porque así lo hemos acordado con la administración en el nuevo Acuerdo sobre Personal Docente Interino.

    ¿Si no participo en este acto podré participar en el de septiembre?

    Sí, podrás hacerlo sin problemas siempre que estés convocado al acto de septiembre.

    ¿Si no resulto adjudicado en este acto podré coger una vacante en septiembre?

    No lo sabemos. Depende de tu número de lista y del número de vacantes que salgan en septiembre.

     

    ¿Si resulto adjudicado podré readjudicar en septiembre?

    No. Sólo en los supuestos ya contemplados de mejora de empleo por coger una vacante de un cuerpo superior o de cambio de vacante completa por vacante parcial de la misma naturaleza.

     

    ¿Puedo ejercer la opción de OPTAR en este acto de adjudicación?

    No tiene sentido optar en un acto en el que ninguna vacante es obligatoria, basta con que selecciones únicamente las vacantes de las especialidades en las que estás interesado.

     

    ¿Puedo marcar la casilla de petición condicionado?

    Tampoco tiene sentido pues normalmente se condiciona una vacante parcial para evitar que te adjudiquen alguna vacante obligatoria no deseada. Como ninguna es obligatoria basta con no seleccionar las vacantes que no quieras que te adjudiquen.

     

    Si quieres conocer el funcionamiento de los actos de adjudicación ordinarios puedes consultar el siguiente documento explicativo: Infografía sobre actos de adjudicación