Federación de Enseñanza de CCOO de la Región de Murcia | 21 noviembre 2024.

OPOSICIONES MAESTR@S CARM 2024: Publicación Normas y Censo

  • 🗓️ Omisiones o exclusiones: de 16 al 25 de enero (ambos inclusive)
  • 🗓️ Sorteo: 16 de enero de 2024, a las 9.30 horas, en la Sala de Prensa de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo

Publicada Resolución con normas sorteo, participación voluntaria y alegaciones de los tribunales de oposiciones docentes CARM 2024

15/01/2024.

Enlace a la resolución

Enlace al procedimiento de exclusiones y participación voluntaria

Causas de exclusión:

a) Situación de permiso por maternidad o paternidad, por adopción oacogimiento o por acumulación de lactancia.

b) La imposibilidad absoluta derivada de enfermedad, debidamentecertificada por la Unidad de Inspección Médica de la Consejería deEducación.

c) Los permisos de reducción de jornada de trabajo concedidos hasta el31 de julio de 2024 al amparo del artículo 48.h) del Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y laResolución de 19 de mayo de 2006, de la Consejería de Economía yHacienda por la que se ordena la publicación del acuerdo sobremedidas sociales para el personal al servicio de la AdministraciónPública de la Región de Murcia.

d) Los permisos de reducción de jornada concedidos hasta el 31 deagosto de 2024 al amparo del artículo 6.1 de la Ley 5/2012, de 29 dejunio, de ajuste presupuestario y de medidas en materia de FunciónPública.

e) Haber actuado efectivamente como miembro de tribunal en alguno delos procedimientos selectivos convocados por Orden de 15 de febrerode 2019 o por Orden de 24 de febrero de 2022.

f) Ser director/a o miembro del equipo directivo de centros educativos, queimparten las enseñanzas establecidas en el artículo 3.2 de la LeyOrgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o director de equiposde orientación educativa y psicopedagógica.

g) El ejercicio de actividades sindicales para las que se haya concedidola correspondiente licencia.

En el caso de hallarse en alguna de las circunstancias expuestas en las letras c), d), e) f) y g) de este apartado, la exclusión se concederá siempre que no impida configurar adecuadamente los tribunales requeridos en cada especialidad y cuando, a criterio de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, lo permitan las necesidades del servicio.